-->

domingo, 9 de agosto de 2009

Importante

Toda operación que realice el Programa está exenta de impuestos, lo que en Argentina equivale aproximadamente al 50% en aportes exigibles de no ser este un accionar social (ahorro en costos).


Quienes integran la Administración del Programa y el Comité Ejecutivo de Acción Vecinal, tienen prohibido por Leyes vigentes acrecentar su patrimonio, por lo tanto al no ser "dueños" de las empresas creadas para el Programa en Argentina para provisión solicitada desde el exterior, no están necesitados de una ganancia como por lógica debería tener un empresario normal (aproximadamente de un 25% a un 30%); solamente la Ley les permite recibir Comisiones y Viáticos.


Empresas Argentinas que ingresan al Programa, quedan exentas de impuestos. Las mismas aportan al Programa el 30% de lo que deberían haber abonado; esos importes se destinan a las operatorias de producciones, con los cuales se cubren las diferencias en valores (tipo "subsidio").


Los Bonos que se reciben en el Programa no influyen económicamente en la operatoria, ya que con el 30% de lo recibido en la moneda pactada con las empresas extranjeras, sirven también para cubrir costos, entre ellos la nueva mano de obra ocupada para producciones y servicios.


Todas las exigencias legales de este accionar, serán hacia Acción Vecinal y su Programa Nacional de Acción Social Productiva, no teniendo obligaciones algunas tanto las Empresas como los Tenedores de Bonos y sus representantes.


El Programa no interfiere ante demandas judiciales ya iniciadas por los. tenedores de Bonos o sus representantes.



MUY IMPORTANTE: En las primeras operaciones, los tiempos de entrega de productos pueden oscilar entre dos y cuatro años (según lo requerido) hasta que tanto el Programa como los demás sectores participantes, se habitúen a este nuevo sistema netamente social.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

  ©Template by Dicas Blogger.