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domingo, 9 de agosto de 2009

Empresas Argentinas dentro de nuestro pais


Las empresas argentinas son el sostén económico del Programa a través de sus participaciones mediante "Convenio de Integración" llevado a cabo con Acción Vecinal. Esos establecimientos quedan bajo la cobertura de "comodato" hacia Acción Vecinal (Ley Orgánica de Agrupaciones Municipales - Decreto Ley 9.882/82 T.O. por Decreto 3.631/92 - Art044), para desarrollo exclusivo del Programa y por un período acordado entre ambos, con posibilidades de renovación.



Bajo ningún aspecto Acción Vecinal puede requerir tener derechos sobre la empresa ni tampoco por las actividades de servicios y/o producciones allí efectuadas, quedando bajo la tutela de la empresa la actividad contable y todas las operaciones que generen ingreso de dinero.



Tanto la empresa como Acción Vecinal, pueden rescindir el convenio cuando cualquiera de las partes lo crean conveniente.



Acción Vecinal realiza una cobertura legal para que la empresa quede exenta de impuestos provinciales y municipales, debido a su accionar social:



Acción Vecinal recibe un 30% de lo que la empresa hubiese debido ingresar a los entes recaudadores, si la actividad fuera netamente comercial, mientras que el 70% restante mas lo ingresado por todo concepto en la empresa es reinvertido en la misma para asegurar su estabilidad y continuidad en el Programa.



DEUDAS IMPOSITIVAS:

Acción Vecinal y su Programa se hacen cargo legalmente de las deudas impositivas que la empresa hubiese contraído antes de la firma del convenio, siempre y cuando no tengan resolución dictada por parte de la Justicia.



Todas las exigencias legales de este accionar, serán hacia Acción Vecinal y su Programa Nacional de Acción Social Productiva, no teniendo obligación alguna tanto las Empresas como los Tenedores de Bonos y sus representantes.

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